
GRADUADO SOCIAL COL.
Un graduado social es un asesor jurídico y económico en materia sociolaboral y empresarial. Experto en relaciones laborales, economía laboral y de la empresa, recursos humanos y en organización del trabajo, así como en materia de prevención de riesgos laborales. Perito en la rama social del derecho. Es una de las tres profesiones jurídicas existentes en España, junto con la de abogado y procurador, legitimadas para la intervención en procesos judiciales, en el área del derecho laboral y de la Seguridad Social.

Vía Judicial
Representación ante los Tribunales de lo Social, (1º Instancia y Recurso de Suplicación), en todo tipo de procedimientos laborales y de seguridad social de trabajadores y/o empresarios, entidades;
Despidos, reclamación de cantidad, derechos, derechos fundamentales, prestaciones, etc. ante empresas, administración, entidades, corporaciones,..
Vía Administrativa
Representación y dirección técnica de procedimiento ante: Inspección de Trabajo (inspecciones, recursos, actas de infracción), centros de conciliación, reclamaciones previas a la vía jurisdiccional de lo Social. Prestaciones Contributivas y no contributivas. Ayudas sociales.
INSS
Solicitud y tramitación de pensiones (incapacidad, invalidez, jubilación, viudedad, orfandad, maternidad, paternidad...); tramitación de documentos y procedimientos específicos para la cobertura sanitaria de ciudadanos o de trabajadores.
Tesorería
Procedimientos de afiliación, cotización, reclamación de cuotas, de ingresos y o pagos, recaudación, etc.
Extrangería
Solicitud de permisos de trabajo y residencia, agrupación familiar, contingentes-etc.
Auditor Laboral
Estudios y dictámenes
Perito laboral y de Seguridad Social
Ante los Tribunales de Justicia.
Conciliaciones
Conciliadores en conflictos colectivos, convenios.
Mediación
Mediación, para que las partes que mantengan un pleito o discordancia, puedan llegar a un acuerdo.
Servicios a empresas
Los Graduados Sociales, asesoran y gestionan la mayor parte de las PYMES, tanto en materia laboral y de Seguridad Social, contabilidad, impuestos, prevención de riesgos laborales, así como representándolas ante los organismos administrativos y judiciales.
ECONOMISTAS
Funciones en relación con la economía de las empresas. En especial, los Economistas podrán desarrollar las siguientes funciones.

Planificación y dirección de la organización contable.
Análisis y determinación contable de costes.
Certificación, con o sin Interpretación de balances, asientos, cuentas, saldos, estados financieros, cuadros de rendimientos y documentación contable, salvo las funciones que, en su caso, se encuentren atribuidas a los miembros del Instituto de Censores Jurados de Cuentas.
Emisión de informes técnico-contables en relación con la situación de la empresa.
Estudio y asesoramiento en problemas financieros, comerciales y de contabilidad.Valoración de empresas y colaboración en el planteamiento y asesoramiento de los presupuestos económico-financieros.Organización y administración de empresas.
Estudio sobre alternativas estructurales de la empresa, sus políticas, planes y programas, comprendiendo la discusión de las soluciones en todas sus áreas para la toma de decisiones.
Dirigir la contabilidad y la administración y el asesoramiento en materia contable y fiscal.
Los análisis de balances, cuentas de capital, situaciones de tesorería o disponibilidades.
Las operaciones contables necesarias para la regularización de balances, así como para su integración o consolidación.
Tramitar declaraciones o documentos, como función accesoria de la principal.
Vinculados a la actividad realizada por el Economista que proceda presentar ante Organismos o dependencias oficiales.
El desempeño de las funciones de asesoramiento o de representación de intereses particulares en organismos de todas clases, cuando se exija por disposición legal la presencia de técnicos en economía de la empresa.
ADMINISTRACIÓN DE FINCAS
El ejercicio profesional comprende todas las funciones conducentes al gobierno y conservación de los bienes encomendados, la obtención del rendimiento adecuado y al asesoramiento de las cuestiones relativas a los bienes inmuebles. En el desarrollo de estas funciones, el Administrador está facultado para realizar cuantos actos de administración y gestión sean necesarios, con observancia de las normas legales aplicables, la costumbre y la prudencia, sin otras limitaciones que las expresamente recibidas del titular de los bienes y aquéllas otras atribuídas en exclusiva a otras profesiones.

En el ámbito de la propiedad horizontal
Velar por el buen régimen de la casa, sus instalaciones y servicios, y hacer a estos efectos las oportunas advertencias y apercibimientos a los titulares.
Preparar con la debida antelación y someter a la Junta el plan de gastos previsibles, proponiendo los medios necesarios para hacer frente a los mismos.
Tender a la conservación y entretenimiento de la casa, disponiendo las reparaciones y medidas que resulten urgentes, dando inmediata cuenta de ellas al presidente o, en su caso, a los propietarios.
Ejecutar los acuerdos adoptados en materia de obras y efectuar los pagos y realizar los cobros que sean procedentes.
Actuar, en su caso, como secretario de la Junta y custodiar a disposición de los titulares la documentación de la comunidad.
Todas las demás atribuciones que se confieran por la Junta.
En otros ámbitos
Gestor
De patrimonios inmobiliarios urbanos o rústicos, rentabilizándolos en beneficio de la propiedad, con criterios profesionales, justos y acordes a la Ley. Manteniéndolos para su correcta conservación y adecuación a las normas de seguridad, higiene y funcionamiento, en interés de sus moradores
Gerente
Seguimiento y control de proveedores, averías, seguros, bancos, Ayuntamiento, Comunidad Autónoma, Seguridad Social, Hacienda, pactando las mejores condiciones de servicio y económicas para la propiedad. Dirección del personal, preocupándose del correcto funcionamiento en la relación laboral entre patrono y trabajadores.
Asesor Inmobiliario
Alquileres, traspasos, compra-venta de inmuebles, notaría, registro de la propiedad, IBI, viviendas de protección oficial, rehabilitación de inmuebles, etc.
Asesor Jurídico
Constitución y formalización de comunidades, adopción de acuerdos en las juntas generales, gestión de cobro de morosos, análisis de sentencias y jurisprudencia en general que afectan a la propiedad inmobiliaria.
Asesor Fiscal
Cumplimiento de las obligaciones con la hacienda pública en todos los aspectos relacionados con la propiedad, IVA, IRPF, declaraciones, alta en el censo, liquidaciones, etc.
Asesor Laboral
Cumplimiento de las obligaciones fiscales relativas a riesgos laborales, Contratos, Seguridad Social, Medidas de Fomento del Empleo, INEM, Estatuto de los Trabajadores, Accidentes de trabajo, Incapacidad Transitoria por enfermedad, etc.
Asesor Técnico
En cuestiones que afectan al buen funcionamiento de los servicios y mantenimiento de la propiedad, asesorando sobre la mejor contratación de las empresas o técnicos en relación calidad-precio. Igualmente, actúa como intermediario en la tramitación de los siniestros cubiertos por las pólizas de seguro.
Asesor Económico
Criterios de Presupuestos, Repercusión de Gastos ordinarios y extraordinarios, Liquidaciones, Saldos individualizados, según las normas de cada Comunidad de Propietarios. En el ámbito de los arrendamientos urbanos: Repercusión de Obras, Actualizaciones de Renta, Liquidaciones, etc.
Mediador
Entre la comunidad y el propietario, entre los mismos propietarios, entre la comunidad y las Administraciones Públicas, entre el arrendador y el inquilino, entre patrón y trabajadores, intentando unificar criterios para evitar litigios.
Secretario
Custodiando la documentación del arrendador o comunidad, dando fe de los acuerdos, posibilitando su aplicación con criterios profesionales de forma ágil y eficaz. Expidiendo certificados de deuda para una correcta reclamación judicial o transacción inmobiliaria.
Contable
Con criterios contables e información clara y precisa, refleja la realidad de la situación económica de la propiedad que administra.
Campo de actuación
El campo de actuación comprende todo el sector inmobiliario, bien se trate de inmuebles rústicos o urbanos, en régimen de explotación directa, arrendamiento, propiedad horizontal o cualquier otro; así como la administración de cooperativas de viviendas y comunidades de propietarios para la construcción de sus viviendas, centros comerciales, campos y puertos deportivos, urbanizaciones con servicios, instalaciones y anejos comunes; entidades colaboradoras de la gestión urbanística y, en general, cuantos cometidos guarden relación con la administración de bienes inmuebles.